Varias enmiendas al Convenio Internacional para la Prevención de la Contaminación de los Buques (Marpol) han entrado en vigor este mes de marzo. Además de las prescripciones que obligan a los buques a recopilar datos sobre su consumo de fueloil, también han entrado en vigor la clasificación de la basura y las enmiendas al certificado internacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos (IOPP).
La entrada en vigor de estas enmiendas coincide con la celebración del 70 aniversario de la Organización Marítima Internacional (OMI), que ha contado con la presencia de la Reina Isabel II, encargada de desvelar una placa conmemorativa y corta la tarta de aniversario. «Celebramos 70 años de éxitos, en los que el sector del transporte marítimo se ha transformado, gracias a la labor de la OMI, en un sector más seguro, más limpio y más protegido. Asimismo, también miramos hacia el futuro y en los interesantes desafíos que están por venir», dijo el secretario general de la OMI, Kitack Lim.
El Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional (OMI) fue adoptado el 6 de marzo de 1948 en la Conferencia Marítima de las Naciones Unidas celebrada en Ginebra, Suiza. El Convenio entró en vigor diez años después, el 17 de marzo de 1958, cuando el Estado vigésimo primero ratificó el tratado. La primera reunión de la OMI se celebró en Londres, el 6 de enero de 1986, en Church House, en el centro de la ciudad.
Prescripciones de notificación del consumo de fueloil de los buques
La notificación de datos sobre el consumo de fueloil de los buques es la última de las prescripciones obligatorias destinadas a mejorar la eficiencia energética del transporte marítimo. La recopilación de datos comenzará el 1 de enero de 2019. Los datos notificados al final de cada año civil se enviarán a la OMI.
El sistema de recopilación de datos tiene como objetivo proporcionar a la OMI datos sobre consumo de combustible que ayuden a los Estados Miembros de la Organización a tomar decisiones sobre si se necesitan medidas adicionales para mejorar la eficiencia energética y abordar la cuestión de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo internacional.
Estas prescripciones obligatorias fueron adoptadas por el Comité de protección de medio marino de la OMI (MEPC) en 2016, a través de las enmiendas al l capítulo 4 del Anexo VI del Convenio Marpol. En virtud de la nueva regla 22A sobre Recopilación y notificación de los datos sobre el consumo de fueloil del buque, los buques de arqueo bruto igual o superior a 5000 toneladas estarán obligados a recopilar datos sobre el consumo para cada tipo de fueloil que emplean a bordo, así como otros datos adicionales, más específicos, como por ejemplo los equivalentes del trabajo de transporte. Este tipo de buques producen aproximadamente el 85% de las emisiones de dióxido de carbono procedentes del transporte marítimo internacional.
Los datos agregados se notificarán al Estado de abanderamiento después del final de cada año civil y el Estado de abanderamiento, tras determinar que los datos se han notificado de conformidad con las prescripciones, deberá expedir una declaración de cumplimiento del buque. Se exigirá entonces a los Estados de abanderamiento transferir estos datos a una base de datos de consumo de combustible de la OMI. La OMI deberán elaborar un informe anual para el MEPC, en el que se resuman los datos recopilados.
A más tardar el 31 de diciembre de 2018, en el caso de un buque de arqueo bruto igual o superior a 5.000 toneladas, el Plan de gestión de la eficiencia energética del buque (SEEMP) incluirá una descripción de la metodología que se utilizará para recopilar los datos y los procesos que se utilizarán para notificar los datos a la Administración del buque.
El nuevo sistema obligatorio de recopilación de datos es el primer paso de un planteamiento de tres etapas en el que el análisis de los datos permitirá sentar la base para un debate inclusivo, objetivo y transparente sobre las políticas en futuros periodos de sesiones del MEPC. En abril de 2016 se acordó también una hoja de ruta hasta 2023 para la estrategia detallada de la OMI sobre la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques.
Prescripciones sobre la basura en el marco del Anexo V del Convenio Marpol
Las Enmiendas al Anexo V del Convenio Marpol, que contiene reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques, también entraron en vigor el 1 de marzo. Las enmiendas se refieren a los residuos de cargas de productos que son potencialmente peligrosos para el medio marino y Modelo de Libro registro de basuras. En particular:
- Enmiendas de reglas 4 y 6 del Anexo V, que requieren al expedidor declarar si la carga está clasificada o no como perjudicial para el medio marino. Un nuevo apéndice proporciona criterios para la clasificación de las cargas sólidas a granel.
- Se ha actualizado el Modelo de Libro de registro de basuras. Está dividido en la Parte I, para el uso de todos los buques y la Parte II, para los que transportan cargas sólidas a granel.
- Se ha incluido una nueva categoría: «desechos electrónicos». Esta categoría se define en las Directrices de para la implantación del Anexo V del Convenio Marpol como el equipo eléctrico o electrónico utilizado para el funcionamiento normal del buque o en los espacios de alojamiento, incluidos todos los componentes, subconjuntos y material fungible que formen parte del equipo en el momento en que se desecha, comprendidos los materiales potencialmente peligrosos para la salud del ser humano y/o el medio ambiente.
Por último, las enmiendas para actualizar el modelo B del suplemento del Certificado internacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos (Certificado IOPP), relativas a los tanques de lastre por separado, también entraron en vigor el 1 de marzo de 2018.